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Autonómica

Subvenciones a empresas de inserción para empleo de colectivos en exclusión social

CATALUÑA

Presupuesto total

14.900.000 €

Plazo de solicitud

Quedan 50 días

hasta el 17 de septiembre de 2026

👤 ¿Quién puede pedirla?

  • · Empresas de inserción legalmente constituidas
  • · Entidades que contraten personas en riesgo o situación de exclusión social

✅ Requisitos clave

Ser empresa de inserción conforme a la Ley 44/2007
Contratar personas desempleadas inscritas en el SOC (Servicio Público de Ocupación de Cataluña)
Las personas contratadas deben estar en riesgo o situación de exclusión social
Cumplir cuota de reserva para integración de personas con discapacidad según legislación vigente
Presentar memoria justificativa con datos de contrataciones realizadas
Aportar informe de vida laboral de la Seguridad Social del periodo de ejecución
💰 Detalle de la cuantía

Máximo 14.900.000 euros para toda la convocatoria. Por contratación: módulo mensual 997,15 euros o módulo diario 32,78 euros (a jornada completa). Módulos mínimos: mensual 250 euros / diario 8,21 euros. Puede prorratease si demanda supera presupuesto

📄 Cómo se solicita

Presentación telemática a través del portal Canal Empresa (https://canalempresa.gencat.cat). Formulario de solicitud con documentación anexa según modelo disponible en el portal

⚠️ Incompatibilidades

  • · La subvención no puede superar el coste real de la actividad, aislada o concurrente con otras ayudas
  • · No se permite reformulación de solicitudes
  • · Limitaciones según Decisión UE 2025/2630 sobre ayudas de compensación por servicio público

🧭 Cómo solicitarla, paso a paso

  1. 1Reúne los papeles: revisa los requisitos de arriba y prepara tu documentación.
  2. 2Ten a mano tu identificación digital: certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico (la mayoría de sedes lo piden).
  3. 3Abre la sede oficial en otra pestaña (botón de abajo) y busca esta convocatoria.
  4. 4Rellena el formulario de solicitud y adjunta la documentación requerida.
  5. 5Envía la solicitud y guarda el resguardo o justificante que te den.
Abrir la sede oficial en otra pestaña →

Los pasos pueden variar según la administración; sigue siempre las instrucciones de la sede oficial. Información orientativa; no tramitamos la ayuda por ti.

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