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Autonómica
Guarda provisional en familia ajena - Ucrania
CATALUÑA
Presupuesto total
100.000 €
Plazo de solicitud
Quedan 99 días
hasta el 31 de diciembre de 2026
👤 ¿Quién puede pedirla?
- · Personas residentes legalmente en Cataluña en situación de necesidad
- · Jóvenes extutelados hasta 23 años
- · Cónyuges o familiares supervivientes de pensionistas
- · Pensionistas modalidad no contributiva
- · Personas con discapacidad o mayores 65 años
- · Familias monoparentales
- · Personas desplazadas por conflicto Ucrania
✅ Requisitos clave
✔Residencia legal en Cataluña (5 años, 2 inmediatamente anteriores)
✔Situación de necesidad acreditada
✔Ingresos inferiores a indicador renta suficiencia
✔No disponer de recursos económicos suficientes
✔Cumplir requisitos específicos según tipo prestación
✔No estar en incompatibilidad con otras prestaciones
▸💰 Detalle de la cuantía
Variable según prestación: desde diferencia hasta indicador renta suficiencia hasta cuantías fijas establecidas anualmente por Ley presupuestos
📄 Cómo se solicita
Solicitud presentada en registros administrativos de forma presencial o telemática ante departamento competente en asistencia social o entes locales
⚠️ Incompatibilidades
- · Otras prestaciones económicas de sistemas protección públicos o privados si comportan pérdida o disminución
- · Prestaciones renta mínima inserción (Ley 10/1997)
- · Prestaciones apoyo familias (Ley 18/2003)
- · Prestaciones plan retorno emigrados (Ley 25/2002)
- · Residencia en centro acogida residencial sanitario financiado con fondos públicos
- · Internamiento en centro penitenciario régimen ordinario o cerrado
🧭 Cómo solicitarla, paso a paso
- 1Reúne los papeles: revisa los requisitos de arriba y prepara tu documentación.
- 2Ten a mano tu identificación digital: certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico (la mayoría de sedes lo piden).
- 3Abre la sede oficial en otra pestaña (botón de abajo) y busca esta convocatoria.
- 4Rellena el formulario de solicitud y adjunta la documentación requerida.
- 5Envía la solicitud y guarda el resguardo o justificante que te den.
Los pasos pueden variar según la administración; sigue siempre las instrucciones de la sede oficial. Información orientativa; no tramitamos la ayuda por ti.
¿Te aviso antes de que se cierre?
Te escribimos unos días antes del cierre para que no se te pase. Nada más.
¿Necesitas ayuda con la tramitación?
Espacio reservado para gestorías colaboradoras de CATALUÑA.