BBuscaGob
← Volver a las ayudas
Autonómica

Indemnizaciones y ayudas para mujeres víctimas de violencia machista en Cataluña

CATALUÑA

Presupuesto total

1.500.000 €

Plazo de solicitud

Quedan 98 días

hasta el 31 de diciembre de 2026

👤 ¿Quién puede pedirla?

  • · Mujeres víctimas de violencia machista con secuelas o daños graves
  • · Hijos e hijas menores de 26 años de víctimas mortales de violencia machista

✅ Requisitos clave

Resolución judicial que acredite violencia machista
Secuelas, lesiones o daños de carácter grave (requieren tratamiento médico, quirúrgico o psicológico)
Vivir en Cataluña o trabajar en Cataluña (para indemnización por art. 47)
Para hijos/as de víctimas mortales: menores de 26 años, convivencia con la víctima, ingresos inferiores al IRSC
Para ayuda económica (art. 27): rentas no superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, informe del Servicio de Empleo sobre dificultades laborales
Prescripción: 2 años desde notificación de resolución judicial
💰 Detalle de la cuantía

Indemnización art. 47: 5 veces el IRSC mensual (incremento 25% si discapacidad ≥33% o seropositivas VIH). Hijos/as víctimas mortales: 10 veces el IRSC mensual por cada hijo/a. Ayuda art. 27: cantidad no especificada en el decreto

📄 Cómo se solicita

Formulario normalizado en www.gencat.cat/benestarsocialifamilia/formularis o www.gencat.cat/ovt. Presentación en oficinas del Departamento de Bienestar Social y Familia o electrónicamente (cuando esté disponible) en www.gencat.cat/ovt

⚠️ Incompatibilidades

  • · Indemnizaciones compatibles con sentencias judiciales e indemnizaciones privadas o públicas

🧭 Cómo solicitarla, paso a paso

  1. 1Reúne los papeles: revisa los requisitos de arriba y prepara tu documentación.
  2. 2Ten a mano tu identificación digital: certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico (la mayoría de sedes lo piden).
  3. 3Abre la sede oficial en otra pestaña (botón de abajo) y busca esta convocatoria.
  4. 4Rellena el formulario de solicitud y adjunta la documentación requerida.
  5. 5Envía la solicitud y guarda el resguardo o justificante que te den.
Abrir la sede oficial en otra pestaña →

Los pasos pueden variar según la administración; sigue siempre las instrucciones de la sede oficial. Información orientativa; no tramitamos la ayuda por ti.

¿Te aviso antes de que se cierre?

Te escribimos unos días antes del cierre para que no se te pase. Nada más.

¿Lleva una gestoría o asesoría?

Vigilamos las ayudas de los clientes de su despacho y le avisamos con nombre y plazo el mismo día que se publican.

Ver cómo funciona para despachos →